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Alcaldía Distrital de Riohacha

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Nuestra Alcaldia

Alcaldía de Riohacha / Nuestra Alcaldía / Dependencias / Dirección de Medio Ambiente y Vivienda Social
​D​IRECCIÓN DE MEDIO AMBIENTE Y VIVIENDA SOCIAL

Objetivos
Ejecutar las políticas nacionales, regionales y sectoriales en relación con el medio ambiente y los recursos naturales renovables; y apoyar a la Secretaría en elaborar los planes, programas y proyectos ambientales

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Funciones
  • Proyectar las normas necesarias para el control, la preservación y la defensa del patrimonio ecológico del municipio. 
  • Ejercer de acuerdo con el Secretario las funciones de control y vigilancia del medio ambiente y de los recursos naturales renovables, según las disposiciones de Ley. 
  • Desarrollar las actividades necesarias e indispensables para la protección del medio ambiente y la riqueza ecológica del Municipio. 
  • Diseñar y programas eventos de capacitación para los pequeños productores. 
  • Promover las campañas periódicas para involucrar a toda la comunidad en el proceso de reciclaje. 
  • Articular con la Secretaría de Planeación, los mecanismos que permitan al municipio, en ejercicio de su autonomía, la preservación y defensa del patrimonio ecológico y la gestión del riesgo ambiental. 
  • Participar de las decisiones del ordenamiento del territorio municipal en orden a disponer de instrumentos eficientes para orientar el desarrollo del territorio en armonía con el medio ambiente.
  • Organizar los planes, programas y proyectos en materia de vivienda de interés social y vivienda prioritaria que serán adelantadas por el municipio directamente o como parte de convenios plan y formas asociativas o convenidas con el Departamento y/o la Nación. 
  • Proyectar los estudios tendientes a la toma de decisiones por las instancias municipales competentes relativos a la promoción de la gestión, habilitación e incorporación de suelo urbano en sus territorios que permitan el desarrollo de planes de vivienda prioritaria y social, y garantizar el acceso de estos desarrollos a los servicios públicos, en armonía con las disposiciones de la Ley 388 de 1997 y la Ley 142 de 1994 en lo correspondiente.
  • Explorar y hacer los preparativos de todo orden para la eventual celebración de los instrumentos contractuales vigentes, incluido el convenio plan al que hace referencia el artículo 8° de la Ley 1450 de 2011, para los efectos del debido ejercicio de las competencias y responsabilidades relacionados con los programas de vivienda prioritaria y de interés social.
  • Organizar lo pertinente a la constitución de patrimonios autónomos en los términos señalados en la Ley para la asignación de recursos a proyectos de vivienda prioritarios
  • Coordinar con los secretarios de Planeación e Infraestructura y Servicios Públicos las propuestas de asignación de los recursos para la construcción y dotación de equipamientos públicos colectivos e infraestructura de servicios públicos domiciliarios para los proyectos de Vivienda de Interés Social y prioritaria que se realicen con la financiación o cofinanciación del Gobierno Nacional y las operaciones urbanas integrales adoptadas por el Gobierno Nacional.
  • Organizar lo pertinente en la participación en la ejecución de los Macroproyectos de Interés Social Nacional, mediante la celebración, entre otros, de contratos de fiducia mercantil con sujeción a las reglas generales y del derecho comercial, sin las limitaciones y restricciones previstas en el numeral 5 del artículo 32 de la Ley 80 de 1993 o en las normas que lo adicionen, modifiquen o sustituyan.​​
Impuestos
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